Pasar al contenido principal

Agua y Memoria

Los archivos ya no son tan secretos

Agua y Memoria

Publicado el 08/09/2008
Los Archivos son rastros que permiten a la comunidad cosechar información del pasado y construir su historia. Hacen en ello preservación, enriquecimiento y difusión de esas representaciones del pasado. Su operatividad está fundada en un valor patrimonial, o sea cultural, y su principal función es conservar y dar acceso a los documentos.

Un archivo por tanto y así lo define la Ley 5.200 que crea la Dirección de Bibliotecas Archivos y Museos, de Septiembre de 1929, no reúne ni conserva objetos ni libros, como lo hace el Museo y la Biblioteca, sino que reúne y conserva documentos que han sido creados en distintos soportes, desde el papel común blanco de oficina, fotografías, cintas fonográficas, rollos, planos y mapas hasta la documentación en soporte electrónico o digitalización, todo ese conjunto de documentación que esencialmente la administración pública genera es lo que no sólo conserva, sino que restaura, organiza y administra un Archivo, que a nivel país son cuatro: Archivo Nacional, ubicado en calle Miraflores a un costado de la Biblioteca Nacional, Archivo de la Administración (ARNAD) ubicado en Matucana, al lado de la Biblioteca de Santiago, el Archivo Regional de la Araucanía y el Archivo Regional de Tarapacá, en el mismo orden de antigüedad y creación. El público objetivo de estas administraciones conservadoras son principalmente investigadores e historiadores, eso se entiende y funciona así hasta el día de hoy, en que hace muy pocos días, exactamente el 20 de agosto pasado se publica en el Diario Oficial la Ley 20.285 de Acceso a la Información Pública. Excluyendo a ese público objetivo, existe una cantidad de gente que en forma puntual consulta alguno de estos archivos para leer y eventualmente conseguir copias de documentos que sirvan a una tramitación a título personal u organizacional. Este flujo ocurre principalmente en el ARNAD de Matucana, pues en este edificio que además es Monumento Histórico Nacional se conserva la documentación pública de todo el país a partir del año 1900 hasta hoy, recogida desde Ministerios, Tribunales de Justicia, Notarías, Conservadores y Archiveros Judiciales, Intendencias, Municipalidades, Servicios y Empresas Públicas, todas entidades obligadas por la ley 5.200 a remitir su documentación cada cierta cantidad de años también estipulados en cada caso, por esta misma ley. Profundizaremos en estos y otros ámbitos archivísticos en futuras columnas. Por ahora dos cosas me interesa resaltar: que el acceso a esta documentación general se hace aún hoy en vinculación directa con los Archivos, asistiendo físicamente a ellos, como un conducto regular de consulta, en forma centralizada y en atención a documentación de al menos 5 años de antigüedad como mínimo, en el caso de los Ministerios, y entre 30 y 60 años de antigüedad en las otras entidades nombradas para acceder a buscar la documentación en los depósitos del Archivo Histórico Nacional y del Archivo Nacional de la Administración, exceptuando a las regiones de la Araucanía y Tarapacá que hace algunos años conservan y consultan en forma localizada sus documentos públicos. Esta condición de dependencia centralizada y de plazos establecidos se evita al menos en la consulta con la nueva Ley de Acceso que permite en 20 días, a cualquier ciudadano, previa petición formal, acceder a la tramitación pública y los documentos que ésta genera en cualquier administración pública a nivel nacional (exceptuando al Banco Central, Tribunal Constitucional, Contraloría General de la República y el Ministerio Público, a quienes la ley no obliga). Además fuerza a mantener en los sitios Web institucionales y en forma actualizada la información sobre: remuneraciones, contrataciones, prestación de servicios, asesorías, consultorías, transferencia de fondos públicos, entre otros. Esto crea un principio de instantaneidad en el acceso a la información que tiene que ver con abordar la documentación del país no sólo con una mirada cultural cuando ésta se conserva, sino que permite la eficiencia en todos los ámbitos de la gestión administrativa de cara a las instituciones del estado y ahora al ciudadano y ciudadana, que obtiene una herramienta de poder, el acceso expedito a la información del Estado. Lo segundo y último es dejar apenas mencionado que esta ley parte por la presión de organizaciones y ciudadanos que hace algunos años pidieron a un organismo estatal información sobre un proyecto de carácter ambiental, información que les fue negada y que abrió un surco donde hoy se cosecha esta sustanciosa ley, a buena hora. (Por: Parés